Seguro Empleados de Comercio

Mediante la contratación de este seguro se cubre al empleado por:
Fallecimiento por cualquier causa
Invalidez Total y Permanente por accidente o enfermedad

La contratación del seguro es obligatoria para todos los empleados de comercio comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75 y debe contratarse en forma adicional al seguro de vida obligatorio.

ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN


JUNIO 2020
Capital asegurado: Desde abril 2020 $ 496.742 (es fijada por el Gremio en cada negociación Paritaria)
Costo aproximado: $ 210 mensuales por persona.

Cobertura: Muerte e Invalidez total y permanente durante las 24 hs., los 365 días del año.

Puntos a tener en cuenta

Indemnización

  • Los beneficiarios del seguro los designa cada empleado.

Requisitos

  • En el caso de aquellos empleados en relación de dependencia con dos o más empleadores, este seguro deberá ser contratado por el empleador con el cual registre mayor antigüedad.

Importante

Forma de Pago

  • Débito automático

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